Códigos GTO

Conforman registro estatal de agresores sexuales

Diputados locales de Guanajuato pretenden proteger a los niños de la miseria humana; su vigencia tras la condena, es de toda una década

Vie, 10 Abril 2026

Andrés Guardiola

Conforman registro estatal de agresores sexuales

Guanajuato

Diputados locales de Guanajuato reformaron el Código Penal y la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado para instaurar el Registro Público de Agresores Sexuales. El registro fue ideado y propuesto por la Gobernadora Libia García Muñoz Ledo, y tiene como objetivo central la protección de menores de 18 años frente a delitos de alto impacto como feminicidio, violación, trata de personas y abuso sexual.

La nueva normativa establece que la inscripción en este padrón será obligatoria una vez que la sentencia judicial cause ejecutoria.

La operatividad del registro recaerá en la Fiscalía General del Estado, la cual deberá administrar y publicar la base de datos en su sitio web oficial. Según lo estipulado en el artículo 99 z del Código Penal, el agresor permanecerá en la lista durante todo el tiempo que dure su condena en prisión, incluso si esta es suspendida o sustituida. Además, la vigencia de la inscripción se extenderá por un periodo adicional de 10 años contados a partir de que el sentenciado recupere su libertad.

Durante el análisis en el Pleno, la diputada Susana Bermúdez Cano defendió la idoneidad de la reforma al considerarla una acción disuasiva necesaria para inhibir la reincidencia. La legisladora enfatizó que los derechos a la reinserción social y la protección de datos personales no pueden prevalecer sobre la integridad de las víctimas y la reconstrucción del tejido social. Asimismo, se aclaró que la reparación del daño moral no exime al sentenciado de figurar en este listado público.

La propuesta generó divisiones ideológicas, particularmente en torno al carácter público de la información. La bancada de Morena, representada por el diputado Carlos Ramos Sotomayor, manifestó su respaldo a la existencia del registro como herramienta de investigación, pero se opuso firmemente a que fuera consultable por cualquier ciudadano. La propuesta de restringir el acceso únicamente a las autoridades fue rechazada por la mayoría de los legisladores, manteniendo el espíritu de máxima publicidad de la iniciativa original.

Desde la perspectiva de la oposición, el debate también se centró en la posible inconstitucionalidad de la medida. La diputada priista Ruth Tiscareño Agoitia advirtió que el Congreso no debería avalar normas que pudieran ser interpretadas como una "pena adicional", lo cual entorpecería los procesos de reinserción social previstos en la ley. Bajo este argumento, exhortó a los organismos defensores de derechos humanos, tanto estatales como nacionales, a revisar la legalidad del decreto mediante acciones de inconstitucionalidad.

En el ámbito técnico-jurídico, la reforma añade el Capítulo XV al Código Penal y modifica la fracción XI del artículo 7 de la Ley Orgánica de la Fiscalía. Estas adiciones garantizan que el registro contemple una amplia gama de delitos, incluyendo el hostigamiento sexual, la captación de menores y el lenocinio. La Comisión de Justicia dictaminó que el mecanismo es una respuesta legislativa proporcional a la gravedad de los ataques contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual de la infancia guanajuatense.

La implementación de esta base de datos marca un precedente en la política criminal del estado, buscando equilibrar la seguridad pública con el rigor judicial. Las autoridades esperan que la visibilidad de los agresores funcione como un mecanismo de alerta para las instituciones educativas y de cuidado infantil en toda la entidad. Con la aprobación de esta reforma, Guanajuato se suma a las entidades que buscan endurecer el monitoreo de quienes han atentado contra la integridad de los sectores más vulnerables de la población.